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Fácil de adhesión a la huelga no es mala para justificar la causa
Por Isaac Ribeiro | Categoría (s): Derecho | 30/03/2010 a las 11:29
Augusto Fontenele
Basta con unirse a la huelga, incluso después de la recomendación de la final del movimiento sindical, no constituyen una falta grave que justifica el despido por justa causa del trabajador. Al rechazar la (desconocida) característica de Betin S / Una decisión, la Sala Tercera de la Corte Superior de Trabajo celebrará, en la práctica antes de hacerlo por el Tribunal Regional del Trabajo de la Región de 24a (MS). En este caso, el demandante y cientos de otros trabajadores continuaron su huelga, incluso después de la negociación del sindicato para poner fin al movimiento. La compañía despidió a los empleados por motivos de "indisciplina" y "malversación", ya que la huelga sería ilegal.
El TRT de Mato Grosso do Sul, en el análisis de la apelación de la empresa en contra de la decisión del juez de primera instancia sostuvo que la huelga era "colectivo" porque "la categoría de insatisfacción era manifiesta, de manera que, incluso después de las negociaciones celebradas con la sindicato, ningún sello (autorización) de los interesados en la reunión y cientos de trabajadores continuaron con los brazos cruzados ". Como no había pruebas de que hubo actos de vandalismo activos de la empresa, o la violencia contra otros trabajadores, la TRT tomó como base para su decisión la Resolución 316 N º del Supremo Tribunal Federal (STF), que dispone: "la mera adhesión a huelga no constituye una falta. "
Ministro Luiz Alberto Bresciani Fontan Pereira, Relator del proceso en la tercera clase de la TST, para examinar la sentencia interlocutoria contra la regional de la compañía, dijo que sería necesario revisar los hechos relacionados con los supuestos actos de indisciplina y la legalidad de los trabajadores huelga a una posible modificación de la decisión impugnada. Según la Resolución N º 126 del TST, no hay un análisis de los hechos y las pruebas en esta etapa. El ponente lo tanto, no se reunió apelación interlocutoria de la empresa y, por lo tanto, continuó pagando la decisión de la TRT en caso de despido por causa justificada.
(AIRR-80040-33.2008.5.24.0086)
Fuente: Tribunal Superior del Trabajo














