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Los empleados públicos pueden ser nominados en un año electoral
Por Isaac Ribeiro | Categoría (s): Derecho | 20/04/2010 a las 22:48
Sylvio Motta *
Cada vez que entramos en un año electoral, los concursandos en todo el país comienzan a preguntarse si es o no es posible llevar a cabo la contratación pública durante el período electoral. En efecto, la Ley Electoral de 9504, 1997, artículo 73, fracción V establece lo siguiente: "Se prohíbe a nombrar, contratar o admitir lo contrario, renuncia sin causa, eliminar o adaptar los beneficios, o por otros medios obstaculizar o impedir el ejercicio funcional, y también de oficio, eliminar, transferir o despedir a un funcionario público, en el distrito electoral en los últimos tres meses, e incluso los elegidos, bajo pena de nulidad de pleno derecho. " Pero es, teniendo en cuenta las normas jurídicas pertinentes al tema, una explicación más convincente, no sólo para la sociedad, sino también para explicar el aspecto social de la misma.
En cuanto a la época de la prohibición para la cita, vale la pena señalar que el período de prohibición no se extiende a todo el año, pero sólo durante tres meses antes de las elecciones e incluso los elegidos. En 2010, por ejemplo, el sello se centrará únicamente a partir del 1 de julio hasta la posesión real de los elegidos. Por otra parte, esta prohibición no se aplica a las ofertas que hayan sido aprobadas hasta el término inicial de la prohibición. Por lo tanto, esta prohibición no causa un obstáculo para el nombramiento, durante el período electoral, los candidatos en el concurso aprobado por el inicio de dicho período (1 de julio de 2010).
La ley no prohíbe la contratación de (la publicación del aviso, la aplicación de las pruebas, la realización de cursos de formación, etc.). El sello es sólo para el nombramiento y la contratación efectiva en los tres meses anteriores a la elección de los elegidos.
También se excluyen los casos de estos sellos de la designación o destitución de las posiciones de comisionados y el nombramiento o renuncia de los derechos de la confianza, el nombramiento de cargos en la judicatura, los fiscales, los tribunales o del Consejo de Cuentas y las instituciones de la Presidencia; aprobó el nombramiento de la contratación pública aprobada por el comienzo de ese período (tres meses antes de la elección), el nombramiento o la contratación necesaria para la instalación o la operación de prensado esenciales servidores públicos, con el consentimiento previo y por escrito del jefe del Ejecutivo y la transferencia o eliminación anterior oficio de militares, policía civil y funcionarios de prisiones.
Por todas estas razones, es evidente que la oferta aprobada el 1 de julio, o concursos de TJ, TRE, TRT, TRF, TCE, TCU, REG, por ejemplo, no sufrirá ningún tipo de valla.
Según el entendimiento pacífico de la EET, los sellos de la técnica. 73 de la Ley 9.504/1997 , sólo se aplican a la elección electoral. Por ejemplo, estos sellos no se aplicaron en 2008 a nivel federal, ya que sólo teníamos las elecciones municipales. Estas restricciones legales tienen el propósito de evitar el uso de la maquinaria administrativa a favor de cualquier aplicación que también conduce a una inflamación de la máquina sin necesidad de público adecuado para contratar.
Por lo tanto, son de gran valor las normas sociales que cumplan con los predicados de la eficiencia, la equidad y la justicia, la lucha contra la casuística y otras formas de nepotismo electoral.
* Profesor de EMERJ, director del Campus de Elsevier y director de la Cia módulos.
Fuente: Consejo General














